I. Estelada sí, bufanda no.
1. La Policía Nacional prohíbe a ciertos aficionados acceder a la final de la Copa del Rey con prendas amarillas y permite al mismo tiempo que se ostenten amplísimas esteladas a modo de capas.
2. ¿Cómo puede ser que se autorizase el símbolo independentista por excelencia y que se prohibiesen prendas cuyo significado político es o bien inexistente, o bien mucho menos evidente que el de la estelada?
La explicación de esta aparente paradoja reside en una decisión de justicia de 2016, tomada en vísperas de la Copa del Rey de aquel año en la que, como éste, se enfrentaban el Sevilla y el Barcelona en el mismo estadio, el del Atlético de Madrid, en el que se enfrentan ahora. El tribunal número 11 de lo Contencioso-Administrativo suspendió la ejecución de la decisión de la delegación del gobierno en Madrid que prohibía que se ingresase en la final de la Copa del Rey con esteladas.
La única explicación racional que se le ocurre a este docente es que a sabiendas de que autorizar el símbolo por excelencia del independentismo implicaba autorizar prendas con una simbología menos evidente o inexistente, el gobierno cursó órdenes secretas o implícitas que, por su inexistencia oficial, no podían ser fiscalizadas por la Justicia. De este modo, el gobierno no sólo violó la libertad de expresión sino que, actuando de manera torticera, violó, también, el derecho a la cautela judicial eficaz de dicho bien jurídico, uno de los más fundamentales en el ordenamiento constitucional español.
Lo dicho: por más que se estruje los sesos, como lo expresaba Don Quijote, no halla, el azorado docente que esto escribe, otra explicación plausible de la imagen surrealista de una Policía Nacional que deja entrar esteladas al tiempo que prohíbe bufandas y camisetas amarillas.
II. Órdenes sí, órdenes no.
(Ver también el párrafo VI)
1. El ministro Zoido afirma que los policías que requisaron prendas amarillas actuaron sin órdenes o concertación, sino, meramente, aplicando el principio de que no se entrase con mensajes políticos, los cuales podían provocar violencia.
2. Ninguna ley prohíbe llevar prendas con mensajes políticos en los estadios1 2.
3. Una decisión de 2016 anula la decisión de la delegación del gobierno de prohibir la presencia de esteladas en la final de la Copa del Rey de 2016.
4. ¿Es posible que los policías sin órdenes o concertación entre sí hayan prohibido algo que no está prohibido y que, además, un tribunal impidió explícitamente que el gobierno prohibiera3?
5. Como la única respuesta que cabe a 4 es : « No, no es posible », quedan dos posibilidades:
5.1. Los policías se coaligaron para, incumpliendo sus obligaciones, prohibir algo que no podían prohibir4.
5.2. Los policías recibieron órdenes secretas de prohibir lo que está prohibido prohibir y
5.2.1. Zoido lo sabía y mintió en sede parlamentaria o
5.2.2. Zoido ignoraba de buena fe la existencia de dichas órdenes y, cuando se informó, le mintieron.
III. El reglamento del Barça, superior a la ley nacional.
1. La ley española no prohíbe acceder a estadios con prendas en las que figuran escrituras o anagramas de tipo político.
2. El artículo 6 del reglamento del Barcelona prohíbe los mensajes políticos.
3. En su respuesta al senador Cleries, el ministro se refiere al artículo 6 del reglamento del Barça5
4. Cabe preguntarse si, de incluir el reglamento del Barça un artículo que proclamase la independencia de Cataluña, el ministro Zoido lo hubiera acatado.
IV. La ley del fútbol, superior a la ley nacional. Una variante de III.
Una variante de III la produce el ministro cuando evoca no el artículo 6 del reglamento del Barça, sino la ley del fútbol, algo que ha de ser algún tipo de construcción consuetudinaria. Seguramente podrían encontrar cabida en el acervo jurídico del que fuera alcalde de Sevilla la ley de la Semana Santa o la de la Feria de Abril, que el ministro podría llegar a evocar si decidiera cursar órdenes para que se prohibiera la oposición al fajín de Queipo del Llano o la crítica del fino, que contiene bastante alcohol.
V. El fútbol es fútbol.
Citando a un entrenador de fútbol, invenciblemente, argumenta, en sede parlamentaria, el ministro Zoido que el fútbol es fútbol. Pareciera que el ministro quiere indicar que la Policía Nacional defendió al fútbol contra aquellos que querían hacer que el fútbol no fuese fútbol. Quizás faltase en el enunciado del ministro « y nada más ». Cabe pensar, en efecto, que el ministro considera que el fútbol no puede ser el fútbol y, además, otra cosa: una fiesta popular, por ejemplo, en la cual los ciudadanos, además de asistir a las idas y venidas del balón, ejercen un derecho cuyo disfrute protege la Constitución, como es el de la libertad de expresión
Ahora bien, podría objetarse, ¿por qué no?, que, justamente, la libertad de expresión es la libertad de expresión. Agregarle al enunciado del ministro « el fútbol está por encima de la libertad de expresión » permitiría obviar esta objeción. Al final, las palabras del ministro quedarían de la manera siguiente:
« El fútbol es fútbol y nada más. El fútbol está por encima de la libertad de expresión ».
Surge, sin embargo, otro problema. Aun admitiendo que el fútbol sea fútbol y nada más, y que el fútbol está por encima de la libertad de expresión, habría que agregar, que la Policía Nacional vela por el fútbol, sin lo cual, en efecto, no podría justificarse el que la Policía Nacional requisase camisetas para defender el fútbol contra sus conculcadores vestidos de amarillo.
O sea, que si queremos sacarle a la frase del ministro todo su jugo (recordemos que el señor Zoido disponía de muy poco tiempo para expresarse), tendríamos los siguientes enunciados:
« El fútbol es fútbol y nada más. El fútbol está por encima de la libertad de expresión ».
« La Policía Nacional vela por el fútbol. »
VI. ¿Qué es el Manual Operativo de la Federación Española de Fútbol?
El ministro Zoido se refiere a dicho manual en su respuesta al senador Cleries:
Le voy a decir más. Señor Cleries, ¿sabe usted cuántas camisetas amarillas se intervinieron?199 camisetas amarillas. Pero no por ser de color amarillo, sino por llevar una serie de escrituras y anagramas que lo único que querían era trasladar un mensaje o símbolos políticos. Y esto está terminantemente prohibido en el manual operativo de la Federación Española de Fútbol al ser un partido de alto riesgo.
No encuentro referencias recientes al manual que cita el ministro. Sí las encuentro en artículos de ABC (aquí o aquí), que aluden justamente a la decisión que después sería anulada por las medidas cautelares ya citadas del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 11 de Madrid. La ausencia de dichas referencias llama la atención y nos remite a lo que decíamos más arriba sobre las posibles prácticas torticeras destinadas a impedir que la Justicia controlase la legalidad de las medidas tomadas en la última edición de la copa del Rey.
1En Francia, el simple hecho de invitar a los espectadores de un partido de fútbol a no hablar de política suscitó tal controversia que las autoridades debieron eliminar dicha recomendación. Fuente: https://www.huffingtonpost.fr/2016/06/10/euro-2016-ministere-interieur-parler-politique-stades_n_10391326.html
2Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte puede consultarse aquí: https://www.boe.es/boe/dias/2007/07/12/pdfs/A29946-29964.pdf
3« El problema jurídico es el mismo », nos explica el magistrado Joaquim Boch, portavoz de Jueces para la democracia.
4En Bélgica se hubiera podido hablar de « coalition de fonctionnaires », que es el tipo penal en que el juez Llarena quería que encajase el de rebelión del código penal español: http://www.lavanguardia.com/politica/20171118/432946755769/delito-belga-coalicion-funcionarios-espana.html
5Ver también http://www.senado.es/legis12/publicaciones/pdf/senado/ds/DS_P_12_65.PDF, páginas 22 a 24.